Quienes redactan las leyes deben prohibir y castigar las prácticas que permiten el matrimonio forzado de una mujer o una niña con el fin de sellar un acuerdo. Además, las leyes deben sancionar a las personas que autorizan este tipo de matrimonios o ayudan a que se celebren. Véase Leyes y prácticas consuetudinarias que entran en conflicto con las leyes oficiales)
Las leyes deben prohibir: toda institución o práctica en la que una mujer, a la que se priva del derecho a negarse, es prometida o dada en matrimonio a otra persona a cambio de un pago u otra contraprestación en especie; las prácticas en las que el esposo de una mujer, su familia o su clan pueden transferirla a otra persona por un importe recibido o por otros motivos; y las prácticas en las que uno o ambos progenitores o el tutor de un niño, niña o joven menor de 18 años lo entregan a otra persona, a cambio de una retribución o no, con el fin de someter al menor a explotación o utilizarlo como mano de obra.
Quienes redactan las leyes deben revocar de inmediato las disposiciones que permitan a un violador eludir una declaración de culpabilidad o beneficiarse de una condena condicional o reducida casándose con la víctima. Véase: Honor Crimes.
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