Legislación

En esta base de conocimientos, la referencia a ciertas disposiciones o artículos de una ley, partes de una sentencia judicial o aspectos de una práctica no implica que la ley, sentencia o práctica se consideren en su integridad un buen ejemplo o una práctica prometedora.

Algunas de las leyes que aquí se mencionan pueden contener disposiciones que autoricen la pena de muerte. Tomando en cuenta las resoluciones 62/14963/16865/206 y 67/176 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que piden el establecimiento de una moratoria del uso de la pena de muerte y su abolición final, la pena de muerte no debe incluirse en las disposiciones condenatorias por delitos de violencia contra las mujeres y niñas.

Otras disposiciones relacionadas con las leyes de violencia doméstica Recursos
Acoso sexual en el deporte Recursos
Disposiciones sobre inmigración Recursos para elaborar legislación sobre la trata de mujeres y niñas
Servicios para las víctimasEducación y sensibilización de la opinión pública Herramientas para la redacción de legislación sobre las prácticas nocivas
Disposiciones relativas a la protección de la infancia Resources on Forced and Child Marriage
Definición clara y precisa de la mutilación genital femenina Recursos
Definiciones y formas de maltrato a las viudas Otras disposiciones sobre el maltrato a las viudasRecursos sobre el maltrato a las viudas
Otras disposiciones relacionadas con las leyes sobre violencia doméstica y violencia relacionada con la dote
Y después de la campaña, ¿qué?Recursos para promover la promulgación de nueva legislación o la reforma de la existente
Introducción Financiación de la aplicación de las leyes Empleadores y sindicatos Recursos para aplicación de las leyes
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Objetivos y principios de la respuesta comunitaria coordinada

Última editado: October 30, 2010

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Opciones
Opciones
  • Los programas de respuesta comunitaria coordinada pueden centrarse en un solo tipo de violencia o en la violencia por motivos de género en general. Sean cuales sean el nivel de coordinación o el enfoque, el objetivo primordial debe ser siempre aumentar la seguridad de la víctima y el apoyo que se le presta. Coordinar las respuestas sin centrarse en la seguridad de la víctima puede ser, de hecho, perjudicial para las víctimas. Otros objetivos de los programas de respuesta comunitaria coordinada podrían ser:
    • A corto plazo
      • Aumentar el conocimiento acerca de las leyes que protegen a las mujeres y niñas
      • Apoyar y empoderar a las mujeres y niñas
      • Asegurar sanciones para los agresores
    • A largo plazo
      • Cambiar las actitudes y creencias perjudiciales sobre la violencia contra la mujer
      • Reducir la prevalencia de la violencia, y en última instancia ponerle fin
  • Los objetivos deben incluir un marco temporal para su cumplimiento. Por ejemplo, el Protocolo de la Comunidad para el Desarrollo del África Austral sobre Género y Desarrollo (en inglés) exige que los Estados “adopten enfoques integrados, incluidas estructuras institucionales intersectoriales, con el objetivo de reducir a la mitad la violencia por motivos de género antes de 2015”. Véase: artículo 25. El Protocolo es de aplicación en Angola, Lesotho, Madagascar, Mauritania, Mozambique, Namibia, la República Democrática del Congo, Sudáfrica, Swazilandia, Tanzanía, Zambia y Zimbabwe. El Consejo de Respuesta Comunitaria Coordinada (en inglés) de Santa Fe, Estados Unidos, se ha fijado como meta convertir Santa Fe en la ciudad más segura de los Estados Unidos para 2012. El Consejo de Respuesta Comunitaria Coordinada de Santa Fe se centra en la violencia doméstica, la agresión sexual y el acecho.
  • Los objetivos de los programas de respuesta comunitaria coordinada deben reflejarse en los principios de intervención y acción. Entre los principios clave de toda iniciativa de respuesta comunitaria coordinada deben figurar los siguientes:
    • Responder a las necesidades expresadas de las víctimas: Las prácticas de intervención deben responder a las necesidades declaradas de las víctimas, cuyas vidas son las que reciben más impacto de las acciones de los actores que intervienen.
    • Centrar la atención en cambiar al agresor y el sistema: La institución, no la víctima, debe exigir responsabilidades al agresor desde la respuesta inicial mediante la imposición de restricciones a su comportamiento. Hay que centrarse en cambiar el comportamiento del agresor o la respuesta del sistema.
    • Reconocer que el impacto varía en función de la persona: Todo desarrollo de políticas y prácticas de intervención debe reconocer cómo difiere el impacto de la intervención, dependiendo de las circunstancias económicas, culturales, étnicas, de inmigración, orientación sexual y de otra índole de la víctima y del agresor. Los miembros de comunidades de culturas no mayoritarias deben revisar y monitorear la práctica.
    • Abordar el contexto de la violencia: La mayoría de los incidentes de violencia forman parte de una constante más amplia de violencia. La necesidad de protección frente a daños adicionales y la necesidad de crear un elemento disuasorio para el agresor deben determinar la intensidad de la intervención.
    • Evitar respuestas que supongan un peligro adicional a las víctimas: Las prácticas de intervención deben mantener un equilibrio entre la necesidad de respuestas institucionales normalizadas y la necesidad de respuestas individualizadas que reconozcan las consecuencias que puede tener para la víctima el hecho de encontrarse con el agresor, validen las aportaciones de las víctimas y apoyen su autonomía.
    • Vincular con otros actores: La respuesta de intervención debe basarse en relaciones de cooperación con otros miembros de la comunidad y en la comunicación y en unos procedimientos interdependientes para asegurar la coherencia entre los sectores.
    • Implicar a las víctimas/supervivientes en el monitoreo de los cambios: Los promotores de la causa de la mujer y las víctimas, fuera del sistema, deben monitorear continuamente las políticas y los procedimientos de intervención para evaluar su eficacia en la protección de las víctimas y para identificar las necesidades de formación.

(Véase: Proyecto de Justicia para Mujeres Maltratadas (en inglés), Principios Básicos de Intervención, en Respuesta comunitaria coordinada (en inglés), StopVAW, The Advocates for Human Rights)

 

CASO DE ESTUDIO: Reino Unido

El Reino Unido ha creado Juntos podemos poner fin a la violencia contra las mujeres y niñas: Estrategia (en inglés), una serie de propuestas con el objetivo de crear un enfoque integral para combatir la violencia contra la mujer mediante la cooperación del sistema de justicia penal, organismos del sector público y organizaciones sin afán de lucro. La estrategia se centra en la protección mediante un sistema de justicia penal eficaz, la prestación de servicios a las víctimas de violencia contra la mujer y la prevención de la violencia mediante campañas de sensibilización, programación educativa y capacitación para la intervención. Estas propuestas se basaron en las respuestas por escrito recogidas de víctimas de violencia, reuniones con expertos sobre el terreno de Inglaterra y Gales y varias revisiones realizadas por organismos gubernamentales. La revisión se ocupa de la respuesta del Servicio Nacional de Salud a la violencia contra las mujeres y niñas, así como de la respuesta del sistema de justicia penal a las denuncias de violación. Los avances hacia la consecución de los objetivos del programa serán supervisados por una junta interdepartamental gestionada por el Ministerio del Interior, y se racionalizarán para su aplicación por los directores en el ámbito local. Se realizará con periodicidad anual una revisión independiente de la estrategia.