Introducción y el acoso en el lugar de trabajo como delito

Última editado: January 13, 2011

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Algunos países han tipificado como delito determinadas formas de acoso sexual. La legislación penal se ha centrado especialmente en el acoso quid pro quo y el acoso que da lugar a algún tipo de agresión sexual. Evidentemente, la violación y la agresión son cuestiones que entran en el ámbito del derecho penal. (Véase Penas y procedimientos penales y Legislación penal sobre agresión sexual)

Las leyes penales contra el acoso sexual deben:

  • Establecer sanciones disuasorias para los perpetradores;
  • Reducir al mínimo los obstáculos para las víctimas que denuncian casos;
  • Incluir recursos y financiación para servicios de apoyo a las víctimas;
  • Incluir disposiciones para exigir y financiar la formación de policía, fiscales y jueces; y
  • Exigir la recopilación de información y presentación de informes periódicos sobre casos de acoso sexual.

El acoso en el lugar de trabajo como delito
Algunos países han tipificado como delito el acoso sexual en el lugar de trabajo, o cuentan con legislación que se considera aplicable al acoso en el lugar de trabajo. Este enfoque presenta posibles inconvenientes, sobre todo si es el único recurso disponible para el acoso sexual. Por lo general, las causas penales exigen un grado de certeza jurídica superior a las causas civiles. Además, las mujeres pueden no estar dispuestas a denunciar el acoso si es un delito penal, porque, aunque desean que esa situación acabe, no quieren que el acosador sea sometido a un proceso penal. Por último, la tipificación del acoso sexual como delito puede limitar las posibilidades de la víctima de obtener una indemnización por daños y perjuicios, porque el empleador no suele ser responsable civil por la conducta delictiva de un empleado. A pesar de estos inconvenientes, la prohibición del acoso sexual establecida en el derecho penal puede tener un efecto disuasorio sobre empleadores y personal que pudieran tener intención de cometer acoso sexual.

 

CASO DE ESTUDIO – Francia 

En Francia, la legislación establece: “El hecho de acosar a otro con el fin de obtener favores de naturaleza sexual será castigado con un año de prisión y multa de 15.000 euros”. Véase: Código Penal, art. 222-33. La ley también dispone: “El hecho de acosar a otro mediante actuaciones repetidas que tengan por objeto o por efecto una degradación de las condiciones de trabajo susceptible de atentar a sus derechos y a su dignidad, de alterar su salud psíquica o mental o de comprometer su futuro profesional, será castigado con un año de prisión y multa de 15.000 euros”. Véase: Código Penal, art. 222-33-2. La Asociación Europea contra la Violencia hacia las Mujeres en el Lugar de Trabajo (AVFT, por sus siglas en francés), con sede en París, ha llevado a cabo una campaña para lograr la rendición de cuentas por parte de los cargos electos responsables de acoso sexual en el lugar de trabajo. En junio de 2009, un alcalde que había hecho comentarios de índole sexual y que había intentado besar a empleadas y les había agarrado las nalgas fue condenado a seis meses de cárcel y a una multa. En julio de 2009, otro alcalde fue condenado a cuatro meses de cárcel, pero tras la apelación la condena se convirtió en una multa. Véase: AVFT, Campaña contra la violencia sexual y sexista perpetrada por cargos electos (en francés).

CASO DE ESTUDIO – China

En 2005, China modificó sus leyes para ofrecer protección adicional a las víctimas de acoso sexual laboral. Véase: Ley de la República Popular China sobre la Protección de los Derechos e Intereses de las Mujeres (en inglés), cap. 8. En 2008, una mujer de la provincia de Sichuan se convirtió en la primera en ganar un proceso penal sobre acoso sexual en aplicación de las nuevas leyes. Su acosador fue condenado a cinco años de cárcel. Véase: Megan Shank, Basta ya de silencio (en inglés), Ms. Magazine, 2009.