Legislación

En esta base de conocimientos, la referencia a ciertas disposiciones o artículos de una ley, partes de una sentencia judicial o aspectos de una práctica no implica que la ley, sentencia o práctica se consideren en su integridad un buen ejemplo o una práctica prometedora.

Algunas de las leyes que aquí se mencionan pueden contener disposiciones que autoricen la pena de muerte. Tomando en cuenta las resoluciones 62/14963/16865/206 y 67/176 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que piden el establecimiento de una moratoria del uso de la pena de muerte y su abolición final, la pena de muerte no debe incluirse en las disposiciones condenatorias por delitos de violencia contra las mujeres y niñas.

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Derechos de las supervivientes

Última editado: February 25, 2011

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Opciones
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  • La legislación debe establecer la presencia de unidades policiales y de protección compuestas únicamente por mujeres en las instalaciones de organismos encargados de hacer cumplir la ley.
  • La legislación debe establecer que las personas que corran el riesgo de sufrir MGF podrán buscar refugio en albergues de propiedad estatal. Tales albergues deben estar atendidos por supervivientes de MGF y por personal que pueda proporcionar apoyo, asesoramiento jurídico y servicios de protección a la infancia a las supervivientes de MGF, incluidos servicios especializados para grupos concretos como las inmigrantes. Debe establecer también que la financiación de los albergues correrá a cargo de los gobiernos.
  • La legislación debe establecer el acceso a atención de la salud para lesiones inmediatas y a atención a largo plazo para supervivientes de MGF, incluidas reparaciones médicas gratuitas.
  • La legislación debe establecer servicios jurídicos gratuitos y servicios psicológicos y de formación profesional gratuitos para las supervivientes de MGF a fin de que sean autosuficientes.
  • La legislación debe establecer una línea telefónica directa gratuita, accesible durante las 24 horas desde cualquier lugar del país y que esté atendida por personas que hayan recibido formación en cuestiones relativas a la MGF.

 

CASO DE ESTUDIO: Burkina Faso – Línea telefónica directa las 24 horas y educación

En 1990 se estableció por decreto presidencial el Comité Nacional de Lucha contra la Práctica de la Escisión (CNLPE), administrado por el Ministerio de Acción Social y Familia. Desde entonces, el CNLPE ha establecido una línea telefónica directa durante las 24 horas para denunciar los actos de MGF que ya han tenido lugar o que pueden tener lugar. La línea telefónica directa es accesible tanto en zonas rurales como en zonas urbanas. En los casos en que la MGF ha tenido lugar, se notifica a los progenitores y a quien la haya practicado que se presenten a la policía, que ha recibido capacitación e instrucciones de prevenir activamente la MGF y detener a quienes la practiquen. En los casos en que haya probabilidades de que tenga lugar la MGF, el CNLPE educa a la familia acerca de las consecuencias nocivas y la ilegalidad de la MGF.

El gobierno ha establecido también una clínica específicamente para mujeres que sufren complicaciones relacionadas con la MGF, y otra que presta servicios de reparación de clítoris a supervivientes de MGF. Véase: Proteger a las niñas de la mutilación genital femenina y las prácticas nocivas: Desafíos y oportunidades para la intervención legal en África (en inglés), Informe de un taller regional, Nairobi, 24-28 de julio de 2006, pág. 21 (en adelante, Taller regional de Nairobi).