Plan nacional de acción para prevenir y castigar los crímenes cometidos en nombre del “honor”

Última editado: February 26, 2011

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  • Quienes redactan las leyes deben proponer la posibilidad de elaborar un plan nacional de acción para luchar contra los crímenes cometidos en nombre del “honor”. Pueden encontrarse orientaciones en la Plataforma de Acción de Beijing, que insta a los Estados a elaborar planes nacionales de acción y para ello recomienda la amplia participación de organismos nacionales que trabajan en el adelanto de la mujer, el sector privado y otras instituciones relevantes, incluidos “órganos legislativos, instituciones académicas y de investigación, asociaciones de profesionales, sindicatos, cooperativas, grupos comunitarios locales, organizaciones no gubernamentales, incluidas organizaciones de mujeres y grupos feministas, medios de difusión, grupos religiosos, organizaciones de jóvenes y grupos culturales, así como organizaciones financieras y organizaciones sin fines de lucro” (párrafos 294-95). La Plataforma también hace hincapié en la importancia de la participación de actores de las más altas esferas políticas, garantizando que los ministerios cuentan con los protocolos y el personal adecuados, haciendo que las partes interesadas revisen sus objetivos, programas y procedimientos en el marco del plan, y promoviendo la sensibilización sobre el plan a través de los medios de comunicación y de la educación de la opinión pública (párrafo 296). El plan también debe abordar las funciones y responsabilidades de los actores encargados de su aplicación. En este caso, los legisladores deben buscar la participación de una amplia variedad de actores para que se encarguen de esa aplicación. Entre las instituciones pertinentes se incluyen la policía, la fiscalía, la judicatura, los servicios sociales, las entidades que se ocupan de la juventud y la infancia, las oficinas de igualdad de oportunidades, las unidades de víctimas de la delincuencia, las autoridades penitenciarias y las responsables de la educación, la salud pública y la vigilancia de la libertad condicional, los organismos de atención a personas discapacitadas, las juntas administrativas, las oficinas de inmigración, las oficinas comunitarias de enlace para asuntos étnicos, religiosos y culturales, la asistencia social, los organismos de vivienda, los grupos religiosos, las autoridades locales y consuetudinarias, las oficinas responsables de cuestiones relativas a las mujeres y las niñas, y la sociedad civil.
  • El Comité de Ministros del Consejo de Europa ha elaborado un proyecto de estrategia contra los crímenes de “honor” al que los legisladores deben remitirse para encontrar orientación. La estrategia pretende eliminar todas las formas de justificación en la ley que permiten eximir de responsabilidad penal, o atenuarla, a los perpetradores de crímenes de “honor”; reitera que ninguna religión apoya este tipo de crímenes; pretende erradicar las actitudes sociales que los toleran; establece la investigación encaminada a identificar y abordar sus causas; y apoya la creación de una red internacional dedicada a combatirlos. Véase: La necesidad urgente de combatir los denominados “crímenes de honor” (en inglés), Recomendación 1881 del Consejo de Europa, 2009, párrafo 2.
  • Quienes redactan las leyes deben incorporar la cuestión de los derechos humanos de las mujeres y las niñas a las políticas de distintos organismos. Deben garantizar que, en sus programaciones y presupuestos, otros planes nacionales de desarrollo y estrategias de reducción de la pobreza incorporan las correspondientes normas de derechos humanos relativas a las mujeres y las niñas. Véase: Tema: La igualdad de género, un reto constante para África (en inglés), Conferencia conjunta Unión Africana/Comisión Económica para África de ministros de Asuntos de Género y de la Mujer, 25-29 de agosto de 2008, pág. 3.

Prácticas prometedoras:

Jordania ha creado dependencias de protección de mujeres y menores en instituciones gubernamentales. Su dirección de servicios sociales monitorea los casos, ofrece asesoramiento jurídico a las mujeres víctimas o en situación de riesgo, y ayuda a la reincorporación de las víctimas a la sociedad. Véase: Doc. ONU A/57/169, pág. 5.

Suecia ha elaborado un Plan de acción para combatir la violencia masculina contra las mujeres, la violencia y la opresión en nombre del honor y la violencia en las relaciones entre personas del mismo sexo (en inglés). El plan se centra en seis estrategias principales:

  • aumento de la protección y el apoyo a las víctimas de violencia
  • mayor énfasis en el trabajo preventivo
  • criterios más exigentes y mayor eficiencia en el sistema judicial
  • mejores medidas orientadas a los responsables de la violencia
  • aumento de la cooperación y la coordinación
  • mejora de los conocimientos y la competencia

El plan expone diversas medidas relativas a cada una de las seis estrategias. Para su elaboración, el gobierno sueco adoptó un planteamiento de política global que sigue un enfoque centrado en la víctima y se basa en la investigación. Su política “se superpone a las líneas ministeriales e institucionales, tomando como punto de partida la perspectiva de las personas en riesgo y basándose en los conocimientos disponibles sobre las áreas en cuestión”.