Legislación

En esta base de conocimientos, la referencia a ciertas disposiciones o artículos de una ley, partes de una sentencia judicial o aspectos de una práctica no implica que la ley, sentencia o práctica se consideren en su integridad un buen ejemplo o una práctica prometedora.

Algunas de las leyes que aquí se mencionan pueden contener disposiciones que autoricen la pena de muerte. Tomando en cuenta las resoluciones 62/14963/16865/206 y 67/176 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que piden el establecimiento de una moratoria del uso de la pena de muerte y su abolición final, la pena de muerte no debe incluirse en las disposiciones condenatorias por delitos de violencia contra las mujeres y niñas.

Otras disposiciones relacionadas con las leyes de violencia doméstica Recursos
Acoso sexual en el deporte Recursos
Disposiciones sobre inmigración Recursos para elaborar legislación sobre la trata de mujeres y niñas
Servicios para las víctimasEducación y sensibilización de la opinión pública Herramientas para la redacción de legislación sobre las prácticas nocivas
Disposiciones relativas a la protección de la infancia Resources on Forced and Child Marriage
Definición clara y precisa de la mutilación genital femenina Recursos
Definiciones y formas de maltrato a las viudas Otras disposiciones sobre el maltrato a las viudasRecursos sobre el maltrato a las viudas
Otras disposiciones relacionadas con las leyes sobre violencia doméstica y violencia relacionada con la dote
Y después de la campaña, ¿qué?Recursos para promover la promulgación de nueva legislación o la reforma de la existente
Introducción Financiación de la aplicación de las leyes Empleadores y sindicatos Recursos para aplicación de las leyes
Related Tools

Introducción

Última editado: January 25, 2011

Este contenido está disponible en

Opciones
Opciones

Los redactores de la legislación deben garantizar que en el preámbulo legislativo del marco jurídico del Estado contra la trata se establecen claramente los principios básicos siguientes:

  • La trata sexual es una violación grave de derechos humanos y una forma de violencia contra las mujeres y las niñas.
  • Puede haber trata sexual con independencia de que se cruce o no una frontera internacional, nacional o regional.
  • La trata sexual puede afectar a ciudadanos extranjeros, nacionales y residentes permanentes legales de un país.
  • El gobierno nacional y los gobiernos locales deben abordar la trata sexual con medidas efectivas de procesamiento, protección, prevención y establecimiento de asociaciones. Estos esfuerzos han de estar imbuidos de los principios de:
    • no discriminación de ninguna víctima de la trata, y
    • trato justo y equitativo a todas las víctimas de la trata, incluidos los niños víctimas.

Véase: Ley modelo contra la trata de personas, de la ONUDD, preámbulo, párrafo 4, 2009, para una lista de las obligaciones internacionales que los Estados deben cumplir para proteger los derechos humanos y prevenir la trata; Convención de Belém do Pará, artículo 2.b, que dispone que la trata de personas constituye violencia física, sexual y psicológica contra las mujeres; Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos, preámbulo, 2005, que dispone: “Considerando que la trata de seres humanos constituye una violación de los derechos de la persona y un atentado contra la dignidad y la integridad del ser humano; Considerando que la trata de seres humanos puede conducir a una situación de esclavitud para las víctimas”; Directrices sobre protección internacional: La persecución por motivos de género, y Resolución de la Comisión de Derechos Humanos 2005/41. La eliminación de la violencia contra la mujer, 57ª sesión, 19 de abril de 2005, párrafo 2, que dispone que la trata sexual constituye violencia por razón de género.

Los enunciados de los apartados siguientes proporcionan las normas jurídicas que los redactores de la legislación podrían tener que utilizar para persuadir a las autoridades del gobierno, los miembros del Parlamento y otras partes interesadas con respecto a cada uno de los principios clave del preámbulo legislativo.