Legislación

En esta base de conocimientos, la referencia a ciertas disposiciones o artículos de una ley, partes de una sentencia judicial o aspectos de una práctica no implica que la ley, sentencia o práctica se consideren en su integridad un buen ejemplo o una práctica prometedora.

Algunas de las leyes que aquí se mencionan pueden contener disposiciones que autoricen la pena de muerte. Tomando en cuenta las resoluciones 62/14963/16865/206 y 67/176 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que piden el establecimiento de una moratoria del uso de la pena de muerte y su abolición final, la pena de muerte no debe incluirse en las disposiciones condenatorias por delitos de violencia contra las mujeres y niñas.

Otras disposiciones relacionadas con las leyes de violencia doméstica Recursos
Acoso sexual en el deporte Recursos
Disposiciones sobre inmigración Recursos para elaborar legislación sobre la trata de mujeres y niñas
Servicios para las víctimasEducación y sensibilización de la opinión pública Herramientas para la redacción de legislación sobre las prácticas nocivas
Disposiciones relativas a la protección de la infancia Resources on Forced and Child Marriage
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Definiciones y formas de maltrato a las viudas Otras disposiciones sobre el maltrato a las viudasRecursos sobre el maltrato a las viudas
Otras disposiciones relacionadas con las leyes sobre violencia doméstica y violencia relacionada con la dote
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Introducción Financiación de la aplicación de las leyes Empleadores y sindicatos Recursos para aplicación de las leyes
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Recopilación de estadísticas

Última editado: January 28, 2011

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  • Los Estados deben recabar información desglosada por género sobre matrimonios forzados y de niños en los ámbitos nacional, regional e internacional y cotejarla con otras estadísticas sobre delincuencia, igualdad de género y migración. Una parte importante de la recopilación de estadísticas sobre matrimonio forzado y de niños es la creación de sistemas de registro de nacimientos, matrimonios y defunciones. Véase supra: Registration of Marriages and Births. Además, los legisladores deben crear un sistema de registro de casos de matrimonio forzado por parte de todos los organismos, autoridades vecinales, locales y regionales, prestadores de servicios públicos y organizaciones no gubernamentales que trabajan en este tema.
  • Los supervisores también deben determinar el número de casos de cada una de las formas de violencia contra las mujeres y las niñas denunciados a los responsables de hacer cumplir la ley, y si ha habido imputaciones, va a haber procesamientos y cuántas declaraciones de culpabilidad se han dictado.
  • En algunos Estados se puede acceder fácilmente a las estadísticas sobre muchas de estas cuestiones en oficinas administrativas, oficinas nacionales de estadísticas o departamentos encargados de la delincuencia; en otros, los supervisores tendrán que plantear preguntas precisas y estratégicas a funcionarios del Estado en organismos responsables de hacer cumplir la ley que están en disposición de facilitar la información solicitada. Esto puede suponer un proceso de varias etapas en el que habrá que solicitar entrevistas oficiales, pero puede valer realmente la pena.

(Véase: Elaboración de indicadores transnacionales sobre violencia contra las mujeres, Adición al Informe de la relatora especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias (A/HRC/7/6/Add.5) (en inglés), 25 de febrero de 2008, págs. 12-13)

(Véase: Monitoring of Laws on Violence against Women and Girls)