Sensibilización pública para prevenir la trata sexual y la explotación sexual

Última editado: January 26, 2011

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Los redactores deber elaborar disposiciones que traten de la necesidad de aumentar la sensibilización pública sobre la trata sexual y la prostitución como formas de violencia contra las mujeres y las niñas. Cuando se convierte a mujeres y niñas en víctimas de trata o prostitución se violan sus derechos humanos. Los redactores deben elaborar también disposiciones sobre la necesidad de aumentar la sensibilización pública general acerca de los riesgos de la victimización; la dinámica de la trata sexual, incluida la demanda de mujeres y niñas vendidas para actividades sexuales; los métodos de denuncia de presuntas actividades de captación, y la información sobre líneas telefónicas de ayuda y servicios disponibles.

 

Práctica prometedora: Según el Centro Internacional para la Reforma del Derecho Penal y la Política de Justicia Penal (en inglés), el Departamento de Igualdad de Género del Ministerio de Integración e Igualdad de Género del gobierno sueco imparte educación sobre la trata de personas a parlamentarios, representantes del gobierno, periodistas, organizaciones no gubernamentales y estudiantes. Este departamento tiene también programas educativos para profesores y alumnos de centros de enseñanza secundaria en los que proyecta películas contra la trata. El material educativo versa sobre la trata de personas, la violencia contra las mujeres y las niñas, la pornografía y la prostitución. El Ministerio de Igualdad de Género sueco publicó en 2009 un informe en el que ponía de relieve los esfuerzos del gobierno “contra la prostitución y la trata de personas con fines sexuales” (en inglés), detallando los avances realizados en las áreas prioritarias del plan nacional de acción de 2008, incluido el trabajo preventivo. El gobierno sueco destaca 10 medidas que se están tomando para reforzar el trabajo preventivo, entre ellas:

  • Evaluación y mejora de las medidas dirigidas a los compradores de servicios sexuales
  • Evaluación y mejora de los esfuerzos en favor de las personas dedicadas a la prostitución
  • Mayor atención al trabajo preventivo con la juventud
  • Capacitación del personal que trabaja con jóvenes
  • Material metodológico para actividades dirigidas a jóvenes
  • Medidas en favor de las mujeres bajo custodia penal
  • Mayor capacitación del personal de los centros de enseñaza obligatoria y secundaria superior
  • Directrices éticas en la administración pública
  • Apoyo a las actividades de las ONG

(Véase: Contra la prostitución y la trata de personas con fines sexuales (en inglés), 2009; Plan de acción contra la prostitución y la trata de personas con fines sexuales (en inglés), 2008)

 

En la Legislación modelo contra la trata de personas del Proyecto Polaris (en inglés) se recomienda incluir en los programas de sensibilización pública los elementos siguientes:

1)     Información sobre los riesgos de convertirse en víctima, incluida información sobre las técnicas corrientes de captación, el uso de la servidumbre por deudas y otras tácticas coactivas; el riesgo de maltrato, violación e infección por VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual, y los daños psicológicos asociados a la victimización en los casos de trata.

2)     Información sobre los riesgos de participar en actividades sexuales con fines comerciales y sobre la posible sanción.

3)     Información sobre los derechos de las víctimas.

4)     Métodos de denuncia de presuntas actividades de captación.

5)     Información sobre líneas telefónicas de ayuda y servicios disponibles para las víctimas.

El artículo 34 de la Ley modelo contra la trata de personas, de la ONUDD indica que debe sensibilizarse sobre los siguientes aspectos de la demanda:

  • los productos y los servicios que se derivan del trabajo forzoso y de la explotación, y la reglamentación, registro y acreditación de las agencias de contratación privadas;
  • la sensibilización de los empleadores
    • no contratar a víctimas de la trata de personas o el trabajo forzoso en su cadena de suministros, ya sea mediante subcontratación o directamente en su producción;
    • aplicar la normativa laboral mediante inspecciones y otros medios pertinentes;
    • apoyar a las organizaciones de trabajadores;
    • aumentar la protección de los derechos de los trabajadores migrantes, y/o
    • penalizar el uso de servicios prestados por víctimas de la trata de personas o del trabajo forzoso.

Véase: Ley modelo contra la trata de personas, de la ONUDD, art. 34, 2009. Véase también: Legislación modelo contra la trata de personas del Proyecto Polaris (en inglés), art. 2.4, 2006 y Resolución del Parlamento Europeo sobre la prevención de la trata de seres humanos, 2010.

En el Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos, de 2005, se enumeran específicamente medidas contra la demanda:

Con el fin de desincentivar la demanda que favorece todas las formas de explotación de las personas, en particular las mujeres y los niños, que tiene como resultado la trata, las Partes adoptarán o reforzarán medidas legales, administrativas, educativas, sociales, culturales o de otro tipo, incluyendo:

a) investigación sobre las mejores prácticas, métodos y estrategias;

b) medidas destinadas a que se tome conciencia de la responsabilidad y del importante papel de los medios de comunicación y de la sociedad civil para identificar la demanda como una de las causas profundas de la trata de seres humanos;

c) campañas de información especializadas, en las que participen, cuando resulte adecuado, las autoridades públicas y los responsables políticos;

d) medidas preventivas que incluyan programas educativos destinados a niñas y niños durante su escolaridad, que subrayen el carácter inaceptable de la discriminación basada en el sexo y sus consecuencias nefastas, la importancia de la igualdad entre las mujeres y los hombres, así como la dignidad y la integridad de cada ser humano.

(Véase: Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos, 2005, artículo 6)

En Colombia, la Ley N° 985, por medio de la cual se adoptan medidas contra la trata de personas, contiene una disposición donde se aborda la cuestión de la demanda en relación con la prevención de la trata de personas. El artículo 5 dispone: “El Estado colombiano, a través del Gobierno Nacional, de sus instituciones judiciales y de policía, y de las autoridades nacionales y territoriales, tomará medidas y adelantará campañas y programas de prevención de la trata de personas, fundamentados en la protección de los Derechos Humanos, los cuales tendrán en cuenta que la demanda es una de sus causas fundamentales; considerarán los factores que aumentan la vulnerabilidad de la trata, entre ellos la desigualdad, la pobreza y la discriminación en todas sus formas, y atenderán la diversidad cultural y étnica de las posibles víctimas”. Véase: Ley N° 985 por medio de la cual se adoptan medidas contra la trata de personas, 2005, artículo 5.

 

Prácticas prometedoras: En Madrid, España, se educa a la ciudadanía sobre la demanda por medio de carteles con los lemas “Tu dinero hace mucho daño. Porque tú pagas, existe la prostitución” y “No contribuyas a la esclavitud del siglo XXI”. Véase: Informe sobre la Trata de Personas 2009 (en inglés) del Departamento de Estado de los Estados Unidos, pág. 263. En Bulgaria, la organización “Demetra” se encarga de varios proyectos educativos, iniciados en 2005, que incluyen educación en escuelas de la región de Burgas sobre la prevención de la trata de personas, la sensibilización del público en general sobre la trata de adultos y niños y programas educativos para niños en situación de riesgo. Si desean más información, pónganse en contacto con Demetra en: demetra@unacs.bg.

 

 

CASO DE ESTUDIO 

La Unidad sobre Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes de la ONUDD ha producido, junto con Danish Doc Production (en inglés), la película titulada Affected for Life (en inglés), que se estrenó en la Conferencia Ministerial de la Unión Europea “Hacia una acción global de la Unión Europea contra la Trata de Seres Humanos” en octubre de 2009 y que el Centro Contra la Trata de Personas del Reino Unido (UKHTC) (en inglés) va a utilizar en el Reino Unido en el marco de su campaña de sensibilización contra la trata de personas Blue Blindfold (en inglés).

La película está disponible en versión completa y en versión resumida en inglés y, próximamente, en árabe, español, francés y ruso. La versión completa, de 23 minutos, va dirigida a los fiscales, los jueces y los profesionales del sistema de justicia penal. La resumida, de 13 minutos, tiene por objeto sensibilizar sobre lo que la trata de personas es y cómo se define. Se puede ver, en inglés, la versión resumida aquí, y la completa, aquí. Véase: Presentación de la película de capacitación de la ONUDD contra la trata de personas (en inglés), 2010.

Según especialistas en derechos humanos, es necesario realizar más investigaciones sobre las estrategias de reducción de la demanda, porque los esfuerzos de prevención centrados en la educación, la comunicación y la información solamente no han generado una reducción significativa del número de víctimas de la trata sexual. Es preciso aplicar un enfoque centrado más bien en los países donde los hombres consumen servicios sexuales de mujeres objeto de la trata. Véase: Investigación sobre la reducción de la demanda (en inglés), Human Rights without Frontiers, 2010.